Sentencias de Hipotecas Multidivisa y bancos involucrados

Por comunicacion

Ago 3, 2017

Existen multitud de sentencias de hipotecas multidivisa favorables para los intereses de los consumidores en estas reclamaciiones.

 

Sentencias favorables para los consumidores en Hipotecas Multidivisa

A continuación se detallan algunos ejemplos de sentencias que ayudan a comprender la evolución de los argumentos de los jueces para condenas a entidades bancarias.

La más revolucionaria:

  • Tribunal de la Unión Europea, sentencia de fecha 30 de Abril de 2014. Determina la nulidad de la opción multidivisa por estar destinada para expertos en macroeconomía.

Otros ejemplos posteriores:

  • Juzgado de Primera Instancia número 37 de Madrid Sentencia 984/2015 de fecha 9 de enero. Demuestra la manipulación del Euribor y el uso de este argumento comercial como gancho para la contratación de las Hipotecas Multidivisa.
  • Tribunal Supremo, sentencia de 12 de enero de 2015. Establece que el plazo para que caduque el ejercicio de la acción “no puede quedar fijado antes de que el cliente tenga conocimiento cabal del perjuicio o error”. Esta sentencia ha favorecido a muchos perjudicados donde ciertos tribunales desestimaron sus peticiones basándose en la caducidad de las acciones.
  • Tribunal Supremo, sentencia 323/2015 de fecha 30 de junio de 2015. Determina  que este tipo de productos constituyen un “instrumento financiero”  y que, por lo tanto, le resulta de aplicación la normativa MiFid, razón por la cual han de extremarse las informaciones brindadas a los prestatarios. En definitiva, se reconoce que la Hipoteca Multidivisa es un financiero derivado altamente complejo.
  • Audiencia Provincial de Barcelona, sentencia de 17 de octubre de 2015. Declara que se trata de un producto complejo y de elevado riesgo “lo cual es especialmente grave porque son consumidores minoristas y sin conocimientos sobre productos complejos”
  • Audiencia Provincial de Madrid, sentencia de 28 marzo de 2016. Favorable para un matrimonio que contrató la hipoteca multidivisa, al no tener experiencia ni conocimientos específicos o cualificados en materia financiera y de inversión.
  • Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Barcelona, sentencia de 27 de febrero de 2017. Desestimó la caducidad de la acción alegada y estimó la demanda íntegramente formulada por los afectados condenando a la nulidad parcial de las Hipotecas Multidivisa suscritas y al recálculo de las cuotas pagadas en euros, así como a la devolución de las cantidades percibidas en exceso junto con las comisiones cobradas.
  • Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Cangas de Onís del 2 de mayo de 2017, sentencia Nº 70/2017. Reconoce que el plazo de caducidad no puede empezar a contar hasta que se produce la consumación del contrato y no desde la fecha de formalización de la escritura como pretenden las entidades financieras.
  • Juzgado de Primera Instancia nº 71 de Madrid, sentencia publicada el 12 de mayo de 2017. El afectado contrató una Hipoteca Multidivisa en el año 2007 para comprarse un piso. La entidad bancaria le concedió 180000 euros al cambio (33,4 millones de yenes japoneses), 10 años después debía al banco 273.650 euros, a pesar de haber pagado todas las cuotas mensuales, lo que le debería haber reducido la deuda. La sentencia concluye que la entidad bancaria «incumplió la obligación de comportarse con diligencia y transparencia. El consentimiento no estuvo correctamente formado y, por tanto, se emitió viciado por error sustancial y excusable». Condena a la entidad «a recalcular el cuadro de amortización con la cantidad prestada en euros y aplicando el tipo de interés pactado en la escritura más el diferencial estipulado«
  • Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Badajoz, sentencia de fecha 19 de junio de 2017. La Sentencia concluye que procede estimar la demanda y la nulidad parcial de la Hipoteca Multidivisa por la vulneración de las normas de transparencia

Entidades involucradas Hipotecas Multidivisa

Las Hipotecas Multidivisa proliferaron entre 2006 y 2008 y forman parte de la lista de instrumentos litigiosos ‘vendidos’ de forma masiva e irregular a clientes no especialistas.

Se estima que en España hay entre 70.000 y 100.000 afectados por préstamos hipotecarios multidivisa, de los cuales casi la totalidad fueron comercializados de manera totalmente irregular.

La mayoría de las entidades bancarias utilizaron un plan estratégico dirigido a colectivos consumidores específicos con rentas superiores a la media y que tuvieran capacidad de pago constante para que pudieran asumir las cuotas hipotecarias al alza y en constante crecimiento. A todos ellos los animaron asegurándoles que sería un préstamo con una cuota más barata.

Las entidades que más colocaron las Hipotecas Multidivisas son: Banco Popular, Banco Sabalell, Banco Santander, Banif, Bankia, Bankinter, Barclays, BBVA, Caixabank, Catalunya Banc, Catalunya Caixa, Deutche Bank, Kutxabank, La Caixa.

Destacan especialmente las siguientes entidades porque, además, incorporaron cláusulas suelo por si el cliente decidía cambiar de divisa y pasarla a euros: Banco Popular, Bankinter, Barclays y Caixa Catalunya (entre otras).

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