Concurso de acreedores y ley de segunda oportunidad

Por comunicacion

Jun 14, 2015

La ley de la segunda oportunidad abre la puerta para que las personas que actualmente se encuentran en una situación de deuda excesiva, puedan deshacerse de esa carga. A pesar de esto, la ley viene con una gran cantidad de letra pequeña que obliga a cumplir diferentes condiciones con tal de poder beneficiarse de esta exoneración de deudas, incluyendo por ejemplo, el no haber rechazado un puesto de trabajo en los cuatro últimos años.

No solo eso, la liberación de deudas es revocable en los cinco años posteriores a la decisión judicial en caso de que el deudor haya visto mejorada su solvencia económica de forma más eficiente. Con respecto a que personas pueden beneficiarse de la normativa y si esta ley permite a las personas declararse en concurso de acreedores, primer es importante decir que en realidad, las personas físicas ya pueden solicitar un concurso de acreedores si es que ellos consideran que no pueden solventar sus deudas.

Sin embargo, estos concursos de acreedores no aplican para las deudas hipotecarias de tal manera que si una persona esta imposibilitada para pagar una hipoteca, ella continuará debiendo al banco incluso si ya ha devuelto la casa, además de que esa deuda no podrá entrar en un régimen concursal tutelado por el juez que tiene la facultad de reducir los pagos o adaptarlos a las necesidades más esenciales.

La ley de segunda oportunidad supone un respiro para las personas con préstanos hipotecarios, aunque eso si bajo estrictas condiciones. Para poder liberarse de estas deudas, lo fundamental es estar en concurso de acreedores personal y luego de eso el juez deberá decretar la conclusión de dicho concurso por liquidación de la masa masiva. Esto significa que todo entrará en vigor cuando se determine que no hay dinero para pagar. No solo eso, la petición de liberarse de la deuda tiene que pagarse de buena fe.

Ahora bien, la hipoteca permanece estando fuera de los concursos de acreedores personal, sin embargo el real decreto aprobado recientemente de hecho establece que la parte de la hipoteca que no sea cubierta con la devolución de la vivienda, quedará exonerada, así como otros créditos también, pero siempre y cuando se cumplan las condiciones requeridas. En caso contrario no se aplicará el beneficio si esta deuda está incluida en alguna categoría diferente de crédito ordinario o crédito subordinado.

Finalmente solo decir que durante los cinco años posteriores a que se haya decretado la exoneración provisional, los acreedores podrán revocar dicho beneficio.

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30 Comentarios

  1. antonio

    tengo una deuda contraida con la seguridad social ace ya nos años y a la vez tengo la discapacidad no reconocida por motivo de esta deuda e intentado de pagarla aplazada pero me dicen que e de abonar una cantidad escesiva para mi mi consulta es con esto de la segunda se puede negociar pues asi podria activar una paga y poder hacer frente a esta deuda, espero sus noticias

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    • Navarro Abogados

      Hola Antonio,
      Para poder ayudarte con mas seguridad necesitaríamos más datos de tu caso, puedes escribirnos a despacho@navarroabogados.net o llamarnos al 656330325. Un saludo

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  2. Manuel

    Hola Buenos dias

    Mi consulta es por que fuy autonomo y tengo deuda con el banco y lla seguridad social ya que tuve que dejar de ser autonomo

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    • Navarro Abogados

      Hola Manuel, si nos llamas al 656 330 325 o escribes a despacho@navarroabogados.net podemos estudiar tu caso sin compromiso y ver que podemos hacer. Un saludo

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  3. Milco ramón tejeda

    Quiero pagar una deuda

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  4. Rafael

    Hola buenos días me gustaría saber q proceso o pasos tengo que realizar para declararme en concurso de acreedores personal. Además de si en la ley de segunda oportunidad si tengo un piso q me esta avalando también. Tendría que darlo como dación de pago

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    • Navarro Abogados

      Hola Rafael, necesitariamos conocer más datos para poder asesorarle correctamente, nos puede llamar al número 655 127 577 o desde nuestra <a href="https://navarroabogados.net/contacto/">página de contacto</a> y le informamos sin ningun compromiso. Un saludo

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  5. esther

    Hola tengobuna deuda con el santander por un prestamo personal, si no tengo vivienda propia puedo solicitar la ley de segunda oportunidad?

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    • Navarro Abogados

      Hola Esther, gracias por interesarte en los contenidos de nuestro sitio web. En principio la falta de vivienda no tendría por qué ser un impedimento para acogerse a esta ley. Un saludo

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  6. Maria

    Buenos dias Señores
    Mi consulta es la siguiente mi esposo en su momento cuando aun estaba soltero dio su nomina para q entregen el banco y hoy en dia aparece como deudor hipotecario pero n tiene nada q ver en las escrituras de dicha hipoteca pero resulta q ahora le embargaron a mi esposo la nomina la cuenta y hacienda xq le reclaman toda la deuda a el ya q su padre marcho a ecuador pero el piso c lo hizo quedar el banco y ahora le reclaman 115mil euros como nos acesorarian vostros gracias

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    • Navarro Abogados

      Hola Maria lo mejor seria comentar el caso contigo, puedes llamarnos 655 127 577 o dejarnos tus datos a traves del formulario de contacto, de la pestaña contacto y te llamamos sin compromiso. Un saludo

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  7. Rosalia

    Estoy trabajando desde hace casi 12 años en una empresa la cual desde 3 años para ca me bajaron el 10%y a raíz de eso ando bastante pillada entre la hipoteca comunidad un préstamo personal.y ahora la empresa donde trabajo va peor y no puedo cubrir bien os gastos es un total de 800 euros casi en todo el y cobro 879 euros.

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    • Navarro Abogados

      Hola Rosalia, podemos revisar tu caso para ver que opciones tienes. Si quieres puedes llamarnos directamente al 656 330 325 o dejarnos un número por privado (https://navarroabogados.net/pedir-cita-online/) y te llamamos sin compromiso. Un saludo

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  8. Dolores

    Hola tengo unas deudas acumuladas de las que algunas de ellas hace mas de diez años,algunas otras menos tiempo soy parada de larga duracion nunca rechazo ningun trabajo podia quedar liquidada con la ley de segundas oportunidades?

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    • Navarro Abogados

      Hola Dolores habria que revisar tu caso con más detalle para poder asesorarte correctamente. Si quieres puedes llamarnos al 656 330 325 o dejarnos tus datos en https://navarroabogados.net/contacto/ y te llamaremos sin compromiso. Un saludo

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  9. Plamen

    Hola buenas tengo una deuda con una financiera de un coche y por motivos de falta de trabajo lo embargan pero la deuda actaumente estoy dado de alta como autónomo colaborador pero llevo sin pagar casi un año por que tampoco cobro me gustaría saber si soy apto para elmprograma

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    • Navarro Abogados

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  10. Celia

    Hola teno una deuda hipotecaria pero yo entregue la casa en el año 2006 y me quedo una deuda gigante yo estuve trabajando hasta el 2012 regularmente y luego de vez en cuando quisiera saber si puedo yo puedo acogerme a esta ley. Desde hace dos años vivo fuera de España x q no tenía ni trabajo ni paro. Espero me puedan ayudar gracias

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    • Navarro Abogados

      Hola Celia necesistamos conocer más datos sobre tu caso, si quieres puedes mandarnos tus datos por la página de contacto https://navarroabogados.net/pedir-cita-online/ o llamarnos al 656 330 325 y revisamos tu caso sin compromiso. Un saludo

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  11. marc

    Entre hipotecas ejecutadas , tarjetas y prestamos personales acumuló una deuda de unos 65.000€ y aunque trabajo no puedo hacer frente a esta deuda. Los contactos para el pago amistoso no van bien porque me piden pagos mínimos de 200€ y claro cada uno y yo mas bien podría destinar 200 para los 3 acreedores mas gordos que tengo.
    Me puedo acoger a la ley de

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    • Navarro Abogados

      Hola Marc tendriamos que conocer más datos sobre tu caso. Si quieres puedes mandarnos tus datos por la página de contacto https://navarroabogados.net/pedir-cita-online/ o llamarnos al 656 330 325 y revisamos tu caso sin compromiso. Un saludo

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  12. Enrique galan gonzalez-llana

    El deudor es mi novio, contrajo las deudas antes de que le conociese,hace.16 años. Solo se que.debe.a entidades ffinancieras,pero no se a cuanto.asciende la deuda (ni el tampoco). Actualmente cobra una prestacion del inem de 426€/mes. Podeis ayudarle?

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    • Navarro Abogados

      Hola Enrique habría que revisar el caso con más detalle para poder saber el importe de la deuda y con quien la tiene contraida. Si quieres puedes llamarnos al 656 330 325 o dejarnos un número a traves del formulario https://navarroabogados.net/contacto/ y te llamamos sin compromiso. Un saludo

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  13. Victoria

    Hola, entre hipoteca y deudas acumuladas durante años, tarjetas, créditos personales, etc.. mi deuda asciende a unos 125000 euros. tengo mi pensión y, hasta ahora voy respondiendo a todos los pagos, pero a partir de este mes, empezaré a tener varios impagos porque no tengo suficiente con i pensión. ¿podrían informarme? Les he mandado mi teléfono dos veces y no me han llamado aún. Gracias

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    • Navarro Abogados

      Hola Victoria he revisado y nos has mandado los datos de contacto el dia 26, se pondran en contacto lo antes posible para informarte sobre el procedimiento. Gracias, Un saludo

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  14. Ana Isabel Muñoz de castro

    Hola soy Ana tengo un crédito personal de 20.000e y unas tarjetas q entre unas cosas y otras hasciende a 40.000€ podrían ayudarme yo estoy sin trabajo

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    • Navarro Abogados

      Hola Ana, puedes llamar al 656 330 325 y te asesoran, Saludos

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      • Nuria

        Yo tengo un concurso de acreedores en vigor hasta junio y he pagado la mitad de la deuda,la otra mitad me queda por pagar mi duda es si puedo acogerme a la ley de segunda oportunidad no habiendo satisfecho la mitad restante

      • Navarro Abogados

        Hola Nuria, gracias por escribir en nuestro sitio web. Para informarte de forma personalizada, puedes llamar al 656 330 325 y una de mis compañeras te informa sin compromiso. Saludos

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