Cláusulas Suelo – Preguntas y Respuestas

Por comunicacion

Jul 13, 2017

Preguntas Frecuentes sobre las Cláusulas suelo

  1. Conceptos generales.
  2. Reclamaciones vía judicial.
  3. Reclamaciones vía extrajudicial mediante el procedimiento administrativo del RDL 1/2017.

Conceptos generales

 

¿En qué afecta la cláusula suelo?

Por mucho que baje índice de referencia variable al que esté referenciado del préstamo hipotecario el deudor hipotecario no puede beneficiarse. El Euribor  es índice más habitual y ha estado bajando en los últimos años.

 

¿Son ilegales las cláusulas suelo?

No, las cláusulas suelo son legales. Es ilegal la falta de transparencia e información que imposibilita al consumidor su comprensión.

 

¿Cómo se sabe si la hipoteca tiene cláusula suelo?

La cláusula suelo está contenida en la escritura del préstamo hipotecario denominada como “límite a la aplicación del interés variable”, “límite a la variabilidad de los intereses” o frases similares. Se puede comprobar los recibos del préstamo para ver si las cuotas mensuales han ido bajando. Si las cuotas mensuales se han mantenido en un nivel, lo más seguro es que tenga una cláusula suelo.

 

¿Cómo se puede calcular lo cobrado de más por la cláusula suelo?

Hay que calcular la diferencia entre las cuotas que se han pagado aplicando la cláusula suelo y las que se deberían de haber pagado sin cláusula suelo. Por otro lado, hay que recalcular el cuadro de amortización para que el capital pendiente de amortizar refleje la cantidad que habría resultado de no haberse aplicado nunca la cláusula suelo.

 

¿Cuánto dinero se puede conseguir?

No existe una cuantía específica, hay que calcular la cantidad en cada caso concreto porque los límites de las cláusulas suelo son diferentes en unas y otras escrituras y también depende de la cuantía del préstamo hipotecario.

 

¿Se debe seguir pagando la cuota de la hipoteca mientras el banco no devuelve lo cobrado de más?

Sí, se ha de seguir pagando las cuotas de la hipoteca para evitar los problemas que generan los impagos.

 

Si no se está pagando las cuotas de la hipoteca ¿se tiene derecho a reclamar la devolución de la cláusula suelo?

Sí, y puede servir para reducir deuda.

 

¿Se puede reclamar la cláusula suelo de una hipoteca que ya está cancelada?

Sí, haber terminado de pagar el préstamo no significa renunciar a reclamar las cantidades pagadas de más.

 

En caso de ampliación de hipoteca, ¿se tiene derecho a reclamar la devolución de la cláusula suelo?

Sí, si la escritura de ampliación de hipoteca no ha modificado o eliminado la cláusula suelo de la primera hipoteca. En cualquier caso, si se hubiera eliminado la cláusula suelo, siempre se podría reclamar lo pagado de más con la primera hipoteca. Es esencial revisar ambas escrituras.

 

En caso de novación de hipoteca, ¿se tiene derecho a reclamar la devolución de la cláusula suelo?

Sí, pues no afectaría a la primera hipoteca y habría que revisar las cláusulas que se han modificado.

 

La vivienda está en dación en pago ¿se tiene derecho a reclamar?

No, porque el banco aceptó compensar las deudas con el valor de la vivienda. Sin embargo, se puede revisar el acuerdo concreto de dación en pago y sus cláusulas por si fuera posible una reclamación.

 

¿Qué pasa con la cláusula suelo en las ejecuciones hipotecarias?

Si ya existe Auto, al referirse normalmente a las cuotas impagadas de la ejecución, el consumidor afectado puede reclamar las cantidades abonadas indebidamente. Se puede instar una nulidad de actuaciones vía art. 562.2 LEC para solicitar el sobreseimiento de la ejecución hipotecaria en tanto las cantidades que se reclaman en la liquidación de la deuda no son válidas al estar incorrectamente liquidadas.

 

La vivienda se vendió a un tercero que se subrogó en la hipoteca ¿qué se puede hacer? Dado que la hipoteca sigue viva, el único que puede reclamar es el titular de la misma, el cual se subrogó en los derechos de la persona que vendió.

 

La vivienda es de VPO, ¿puede haber cláusula suelo?

Sí.

 

El banco ha sido absorbido por otro banco ¿tengo derecho a reclamar la devolución de la cláusula suelo a este nuevo banco?

Sí. Cuando un banco absorbe o se fusiona con otro, el nuevo banco adquiere todo lo relativo al banco antiguo.

 

El banco vendió el préstamo a un tercero (fondo de inversión o similar) ¿se puede reclamar la devolución de la cláusula suelo?

Sí, el fondo de inversión ha de responder de las cláusulas suelo.

 

¿Se puede reclamar judicialmente si la entidad bancaria ya retiró unilateralmente la cláusula suelo?

Si, se puede reclamar judicialmente todas las cantidades que el banco cobró de más.

 

¿Qué bancos y cajas incorporaron en sus hipotecas las cláusulas suelo?

En general, casi todos los bancos españoles y, especialmente, en préstamos hipotecarios a partir del año 2000.

 

¿Cómo tributa la devolución de las cláusulas suelo?

Este dinero está exento de IRPF porque no se considera ganancia patrimonial. Esto también se aplica para los intereses de demora. No obstante, aquellas personas que se beneficiaron de la deducción de las cuotas hipotecarias en su IRPF, tal y como permite el impuesto, tendrán que hacer una declaración complementaria. Esta circunstancia solo afecta si se incluyeron los intereses que ahora se devuelven en deducciones.

 

¿Qué vía para reclamar me recomiendan?

Acudir a la vía judicial directamente porque tiene todas las posibilidades de ganar.

 

Reclamaciones vía judicial

 

¿Puede reclamar una empresa la cláusula suelo?

Por vía judicial se puede reclamar con independencia de la condición del contratante (consumidor, profesional o empresa), pero las sentencias del Tribunal de la UE solo avalan al consumidor particular. Nosotros no lo recomendamos.

 

¿Tiene que pagar intereses el banco?

Sí, se aplican sobre la cantidad que tiene que devolver, a contar desde el momento en el que empezó a cobrar de más, es decir, un % sobre cada recibo de la hipoteca con la cláusula suelo. Además, también existe el interés llamado moratorio que corresponde sobre el importe total reclamado desde que se formuló la demanda. Y por último, existe el interés procesal que se abona desde que adquiere firmeza la sentencia judicial hasta que el banco abone la cantidad reclamada y reconocida por sentencia firme. El Real Decreto hace referencia de forma genérica a los “intereses” así que no hay seguridad de que los bancos vayan a ofrecer estos intereses por vía extrajudicial.

 

¿Hasta cuándo se puede reclamar la Cláusula Suelo?

Suele utilizarse más la vía de nulidad porque no tiene plazos y porque con la jurisprudencia existente es más sencillo.

 

¿Cuánto tarda la demanda de las cláusulas suelo?

Desde la demanda judicial, hasta la existencia de sentencia, incluso en ocasiones acudiendo a la segunda instancia, entre 12 y 24 meses, dependiendo de la localidad en la que se presente, no todos los juzgados tienen la misma carga de trabajo, ni trabajan igual de rápido.

 

¿Tiene carácter retroactivo la sentencia sobre las cláusulas suelo?

Sí, actualmente tiene total retroactividad.

 

¿Qué ocurre si ya existe una Sentencia?

No se pueden recurrir las sentencias firmes porque ya hay “cosa juzgada”, no existe posibilidad de reclamar otra vez sobre lo mismo, a excepción de que se hubieran reservado acciones legales al respecto. Podría considerarse la “retroactividad total” de la obligación de devolución pero es necesario ver el caso en concreto.

 

¿Quién paga las costas?

Si hay sentencia firme a favor del consumidor el banco paga todas las costas con carácter retroactivo. Si un afectado va directamente a juicio y el banco acepta pagar antes de la contestación a la demanda, cada parte se paga sus gastos correspondientes de abogado y procurador. Si la cantidad que consigue el afectado por la vía judicial es mayor de la que le ofreció la entidad por vía extrajudicial, el banco tendrá que abonar las costas; si la cifra es inferior (caso extremadamente improbable), correrán por cuenta del denunciante.

¿Puede reclamar una empresa la cláusula suelo?

Por vía judicial se puede reclamar con independencia de la condición del contratante (consumidor, profesional o empresa), pero las sentencias del Tribunal de la UE solo avalan al consumidor particular. Nosotros no lo recomendamos.

 

¿Tiene que pagar intereses el banco?

Sí, se aplican sobre la cantidad que tiene que devolver, a contar desde el momento en el que empezó a cobrar de más, es decir, un % sobre cada recibo de la hipoteca con la cláusula suelo. Además, también existe el interés llamado moratorio que corresponde sobre el importe total reclamado desde que se formuló la demanda. Y por último, existe el interés procesal que se abona desde que adquiere firmeza la sentencia judicial hasta que el banco abone la cantidad reclamada y reconocida por sentencia firme. El Real Decreto hace referencia de forma genérica a los “intereses” así que no hay seguridad de que los bancos vayan a ofrecer estos intereses por vía extrajudicial.

 

¿Hasta cuándo se puede reclamar la Cláusula Suelo?

Suele utilizarse más la vía de nulidad porque no tiene plazos y porque con la jurisprudencia existente es más sencillo.

 

¿Cuánto tarda la demanda de las cláusulas suelo?

Desde la demanda judicial, hasta la existencia de sentencia, incluso en ocasiones acudiendo a la segunda instancia, entre 12 y 24 meses, dependiendo de la localidad en la que se presente, no todos los juzgados tienen la misma carga de trabajo, ni trabajan igual de rápido.

 

¿Tiene carácter retroactivo la sentencia sobre las cláusulas suelo?

Sí, actualmente tiene total retroactividad.

 

¿Qué ocurre si ya existe una Sentencia?

No se pueden recurrir las sentencias firmes porque ya hay “cosa juzgada”, no existe posibilidad de reclamar otra vez sobre lo mismo, a excepción de que se hubieran reservado acciones legales al respecto. Podría considerarse la “retroactividad total” de la obligación de devolución pero es necesario ver el caso en concreto.

 

¿Quién paga las costas?

Si hay sentencia firme a favor del consumidor el banco paga todas las costas con carácter retroactivo. Si un afectado va directamente a juicio y el banco acepta pagar antes de la contestación a la demanda, cada parte se paga sus gastos correspondientes de abogado y procurador. Si la cantidad que consigue el afectado por la vía judicial es mayor de la que le ofreció la entidad por vía extrajudicial, el banco tendrá que abonar las costas; si la cifra es inferior (caso extremadamente improbable), correrán por cuenta del denunciante.

Reclamaciones vía extrajudicial mediante el procedimiento administrativo del RDL 1/2017

Reclamaciones vía extrajudicial mediante el procedimiento administrativo del RDL 1/2017

 

¿Es obligatorio seguir el procedimiento del Decreto Ley antes de acudir a la vía judicial?

No, la reclamación vía extrajudicial por el procedimiento del Decreto Ley es voluntaria y gratuita para el consumidor.

 

¿Se renuncia a acciones legales por acogerse a la vía extrajudicial?

No, pero una vez que se inicia el procedimiento del Decreto Ley, se debe esperar el transcurso de 3 meses para iniciar la reclamación por la vía judicial.

 

¿Cómo informa el banco sobre el procedimiento de reclamación de la cláusula suelo?

El banco sólo está obligado a informar de la existencia de este sistema de reclamación y puede hacerlo a través de la página web y directamente en sus oficinas abiertas al público. No está obligado a hacer una comunicación individual a cada afectado.

 

¿Quién tiene derecho a reclamar por el procedimiento del RDL?

Todos aquellos afectados que consideren que la cláusula suelo que le han aplicado en su hipoteca es abusiva. Hay expertos en finanzas o profesionales (notarios, registradores de la propiedad) que no pueden alegar desconocimiento. El procedimiento extrajudicial es solo para contratos hipotecarios firmados por “consumidores” o personas físicas (no es para los préstamos hipotecarios a empresas)

 

¿A qué hipotecas afecta la reclamación vía extrajudicial de la cláusula suelo?

Afecta a todos los préstamos hipotecarios firmados por personas físicas en calidad de consumidores.

 

¿Qué ocurre si la hipoteca no se negoció individualmente sino por un colegio profesional u otro colectivo?

Este cauce extrajudicial también está pensado para colectivos de personas físicas. Los bancos suelen ignorar estas reclamaciones.

 

¿Devolverá el banco el importe de la cláusula suelo si no se reclama? No, el banco solo hará gestiones con los clientes que hayan hecho reclamación.

 

¿Se puede reclamar la cláusula suelo sin abogado?

Sí, la reclamación extrajudicial puede ser presentada por el consumidor, puede entregar una carta al banco exigiendo la eliminación de la cláusula. Si bien lo normal es que esta acción, por si misma, no consiga el objetivo.

 

¿Cuáles son las ventajas de presentar una reclamación firmada por un abogado?

Resulta altamente recomendable que sea un profesional el que se encargue de evitar que el banco pueda aprovecharse de nuevo. Además, un abogado que asiste al cliente-consumidor, ofrece una fuerza mayor para negociar con el banco.

 

Una vez presentada la reclamación ¿cuánto tiempo tardará el banco en responder?

Los bancos tienen tres meses de plazo.

 

¿Está el banco obligado a responder?

No, no está obligado. Si transcurren tres meses desde la reclamación sin responder, se  entiende que no hay acuerdo.

 

¿Quién calcula a cuánto asciende el dinero cobrado de más?

La entidad financiera debe presentar al cliente una cifra incluyendo los intereses indemnizatorios desglosados. El afectado podrá rechazarla si no está de acuerdo.

 

¿Cómo se puede saber si están ofreciendo menos dinero del que corresponde?

Es conveniente que un abogado calcule la cantidad que tiene que devolver la entidad financiera, pues los bancos negocian a la baja.

 

¿Puede ofrecer el banco algún tipo de acuerdo o solamente cantidades en efectivo?

Sí, puede ofrecer medidas compensatorias. El plazo para aceptar esas “medidas compensatorias” es de 15 días, el cliente deberá aceptarlas por escrito y de forma expresa, a fin de que conste haber sido totalmente informado del contenido de dicha compensación y el valor económico de la misma.

 

¿Está obligado el cliente a aceptar la propuesta del banco?

No, no es obligatorio. Solo se debe aceptar si se está conforme con las cuantías. Si la propuesta incluye formas de compensación complejas, como el uso de productos financieros, se debe rechazar.

 

El banco propone un acuerdo para quitar la cláusula suelo… pero se duda qué hacer.

Recomendamos no firmar acuerdos con el banco sin el asesoramiento de un profesional, pues puede perder cantidades que le corresponden.

 

¿Qué pasa con los pactos ofrecidos por las entidades bancarias?

Muchos bancos han logrado modificar contratos acompañados del compromiso, por parte del cliente, de no emprender acciones legales. Estos pactos de renuncia de acciones legales son también abusivos y por tanto nulos. Se sigue teniendo el derecho de reclamar lo que corresponda.

 

¿Está obligado el banco por el Real Decreto a pagar lo cobrado de más por la cláusula suelo?

No, el banco, sólo te tiene que devolver el dinero si reconoce que cuando se contrató el préstamo no informó adecuadamente del significado de la cláusula suelo. En realidad, el banco es juez y parte en este proceso. El Decreto no establece ningún tipo de sanción para las entidades que se nieguen a devolver todo el dinero a los usuarios incluso habiendo llegado a un acuerdo de pago por el procedimiento extrajudicial. Ahora bien, si se niega a devolver la cantidad ofrecida, se puede acudir a la vía judicial que es garante de los derechos de los consumidores frente a la banca. El banco solo está obligado a pagar cuando hay sentencia judicial firme tras la reclamación judicial.

 

Si después de acordar la reclamación extrajudicial, el banco no paga ¿qué opciones hay?

Esperar que se cumplan tres meses desde que se presentó la reclamación extrajudicial por el procedimiento del Decreto y después interponer una demanda judicial contra el banco reclamando: la nulidad de la cláusula suelo, la devolución de los intereses indebidamente pagados, los intereses legales aplicables y las costas judiciales.

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15 Comentarios

  1. Domingo

    Yo ya he tenido juicio, y he ganado, pero caja rural a vuelto a apelar, cuanto tengo que esperar ahora?? Gracias

    Responder
    • Navarro Abogados

      Hola, suele depender de la provincia y de lo saturados de que estén los juzgados. No lo tomes al pie de la letra, pero suele oscilar en un periodo de 5 meses. Saludos

      Responder
  2. Aitor

    Reclamè judicialmente la eliminaciòn de la clàusula suelo pero no se reclamò ninguna retroatividad y la entidad bancaria se allanò a la demanda. ¿Puedo ahora reclamar la retroactividad ò se considera cosa juzgada?

    Responder
    • Navarro Abogados

      Hola, si solamente pediste nulidad es posible que puedas. Pero sin ver el suplico de la demanda y la sentencia no podemos asegurarlo. Saludos!

      Responder
  3. JAVIER

    Hola, mi hipoteca es de la antigua Caixa Galicia, ahora ABANCA, tengo entendido que en el caso de esta entidad, por sentencia, se declararon nulas de pleno derecho en todos los casos, o sea que tienen que devolverte lo pagado de más si o si, es eso correcto?

    Responder
    • Rosario

      Hola muy buenas, yo he llevafo a juicio a abanca y estoy esperando la sentencia. Me podrias decir que tiempo han tardado para devolverte tu finer? Gracias

      Responder
  4. Carmen Ortuño Juanes

    Mis papeles para la devolución de la cláusula suelo está en mano de abogados desde Mayo de 2017 y aún no me han dado una respuesta. Esto es normal? La hipoteca está en Caja Rural de Jaen

    Responder
  5. Monica

    Hola,tengo una dación en pago con mi casa firme un documento que decía que entregando las llaves de la vivienda se cancelaba la deuda de la hipoteca . Bueno al cabo de unos meses me aconsejaron que porque no denunciaba lo de la clausula suelo y lo consulte con un abogado por si eso me perjudicaría y me dijeron que no tenia nada que ver una cosa con la otra y denuncie. En el mes de abril tuvimos el juicio y lo gane en julio me llamo el abogado y me dijo que el banco me tenia que ingresar la cantidad en mi cuenta , que aun no se ni que cantidad es ya que el abogado me dice que no lo sabe , que creo que miente , en fin resulta que ahora en septiembre a primeros , el banco les a pagado al abogado y al procurador y a mi todavía nada es eso legal?gracias.

    Responder
    • Navarro Abogados

      Hola , habría que revisarlo en detalle para darte una respuesta. Saludos

      Responder
  6. Loli

    Pedí que me pagarán mi cláusula suelo hace más de un aňo por vía judicial, y aún no hay noticias, solo me dijeron que esta en el juzgado, si el juez lo aprueba cuando me devuelven el dinero. Gracias

    Responder
    • Navarro Abogados

      Hola, de media vienen tardando hasta 2 años, en algunos casos más. Depende del Juzgado y la sobrecarga que tenga. Saludos

      Responder
  7. ismael

    hola buenas noxes tengo ganado juicio de clausula suelo hace mas de 3 años con caja rural y aun no he recibido nada cada 3 0 4 meses llamamos a nuestro obogado y nunca nos dice nada nuevo hoy otra manera de informase o esto es normal

    Responder
    • Navarro Abogados

      Hola, entiendo que no es con nosotros no? En nuestro caso puedes llamar al 656 330 325 si tienes algún problema. Saludos

      Responder
      • Javi

        Hola muy buenas, en mi caso denuncie, salió la sentencia y gane recurrieron y gane, así un par de veces, la sentencia esta ya en firme A finales de septiembre, me tienen que pagar, casi a finales de enero no se nada del dinero, el abogado me dice que va para largo pero no me dice cuanto, ¿que plazo tienen para pagar desde que sale la sentencia? Muchas gracias

  8. Silvia

    Tuve el juicio contra Unicaja en septiembre 2017, de no llamar el viernes casi a las 8 tarde a mi abogado no hubiese podido asistir porque tenia lugar el lunes a las 8.30.
    Hubo sentencia firme y gané. Desde entonces le envio al abogado un mensaje cada 6 meses para ver si se sabe algo, en este último le he escrito que de ser por el me hubiese perdido el juicio. Es normal su actitud? Siento realmente impotencia. Puedo acudir a otro abogado para seguir el caso o al menos que me procure informacion? Gracias

    Responder

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